lunes, 18 de enero de 2010

"RESPONSABILIDAD PENAL PARA LOS DEUDORES ALIMENTARIOS"






Nelson Alvarez envió un mensaje a los miembros de/del RESPONSABILIDAD PENAL PARA LOS DEUDORES ALIMENTARIOS.

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Asunto: CONDENA A UN DEUDOR ALIMENTARIO

El juez de Rosario Edgardo Bistoletti condenó a un hombre a seis meses de prisión por no pagar la cuota alimentaría de su hija durante varios años. Dispuso que la condena se cumpla los sábados y domingos para que no pierda su trabajo. El magistrado tuvo en cuenta los reiterados incumplimientos y la negación de su paternidad.
Fallo completo



Lo dispuso el juez correccional Eduardo Bistoletti, titular del juzgado de primera instancia de distrito en lo penal correccional de la octava nominación de Rosario, en autos "S. S. N. C/ M. G. S/ alimentos" a raíz de la comisión del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar ( artículo.1 ley 13.944 del Código Penal ) por parte de G. O. M.

La causa se inició el 8 de noviembre del 2002, cuando su ex mujer, S. N. S, formuló la denuncia ante la fiscalía nº. 10. Allí la señora manifestó que estuvo casada con G. O. M., que de dicha unión tuvieron una hija, "de la cual fue controvertida la paternidad", y que en abril de 1996 se acordó por primera vez una cuota alimentaria de 250 pesos y la realización de estudios necesarios a fin de determinar dicha paternidad.

Luego, en febrero del año siguiente, la denunciante intimó por primera vez al cumplimiento de lo pactado, recibiendo contestación en marzo de ese mismo año, tras lo cual el hombre propuso un convenio de pago de las cuotas atrasadas, lo que se concretó en agosto de 1997.

Cinco año después, y ante el incumplimiento de lo acordado, la ex pareja celebró un nuevo acuerdo, en donde el denunciado se comprometió a iniciar todos los trámites pertinentes para el reconocimiento de la menor si del resultado de la pericia daba su paternidad. A pesar que el estudio demostró que la menor tenía un 99,99 % de probabilidad de ser su hija, M. siguió sin cumplir.

Al momento de resolver la cuestión, el juez tuvo que cuenta que "el imputado es sin lugar a dudas el padre de la menor C. S, pese a las supuestas dudas del mismo" y para ello aplicó las presunciones del Código Civil en los artículos 245 el cual refiere expresamente: " la ley presume que los hijos concebidos por la madre, durante el matrimonio, tienen por padre al marido", y la del artículo 246 que dice "son hijos legítimos los nacidos después de ciento ochenta días desde la celebración del matrimonio, y dentro de los trescientos siguientes a su disolución, si no se probase que había sido imposible al marido tener acceso con su mujer en los primeros ciento veinte días de los trescientos que han precedido al nacimiento".

"Se parte de una premisa totalmente equivocada cuando se pretende que la obligación alimentaria hacia un hijo, queda librada al capricho de su reconocimiento biológico-científico, pues resultaría muy fácil y cómodo para una persona casada, negar la paternidad y luego estar a las resultas de un análisis de histocompatibilidad, mientras tanto ese hijo no tiene para las más elementales necesidades de supervivencia", resaltó el magistrado al fundar su decisión.

Para justificar su responsabilidad penal, Bistoletti destacó que "no existe en autos elemento probatorio alguno que acredite, tal como alegara la defensa técnica del encartado, que más allá de los períodos que la denunciante reconoce como que M. contribuyó a la manutención de su hijo, no resulta probado en autos el cumplimiento de la cuota alimentaria, que como padre "legal" le fue fijada en los distintos acuerdos homologados en sede civil".
Sin embargo el juez consideró excesivo el pedimento fiscal de 1 año de prisión y costas y consideró más razonable la aplicación de una condena de prisión efectiva y discontinua de 6 meses. Para ello tuvo en cuenta la naturaleza de la acción, los medios empleados para la ejecución, el daño y el peligro causado, la edad, educación, los vínculos personales y las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión.

De acuerdo a lo establecido, el hombre deberá presentarse en la comisaría más cercana a su domicilio los sábados a las 18 y quedará libre los lunes a las 6, por lo que se le computará un día y medio de reclusión por semana.

Así posibilitó que el padre conservara su trabajo en una imprenta y preservó el derecho de la niña a recibir su cuota alimentaria. "Como una forma de protección de la niña y atendiendo a las necesidades de la misma, deberá posibilitarse que su padre tenga la libertad necesaria para desarrollar sus tareas laborales, y de esa manera ganarse el sustento que le permitirá cumplimentar con la cuota alimentaria que le fije el Tribunal de Familia que entiende en la causa", sostuvo.

Ante la gran cantidad de padres que no cumplen con sus obligaciones, en Santa Fe se aprobó en 2002 una ley —a la que se sumó una ordenanza municipal en Rosario— para constituir el registro de deudores alimentarios. La norma establece que los nombres de aquellos padres que no abonan durante 3 meses consecutivos la cuota aparecen en un banco de datos, lo que podría impedirles realizar distintos trámites municipales y provinciales. Sin embargo, los registros todavía no funcionan.

Dju
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lunes, 16 de noviembre de 2009

EL DIA 19 DE NOVIEMBRE ES EL DIA INTERNACIONAL CONTRA EL ABUSO SEXUAL INFANTIL

EL DIA 19 DE NOVIEMBRE ES EL DIA INTERNACIONAL CONTRA EL ABUSO SEXUAL INFANTIL.

EN MUCHOS PAISES SE ALZAN BARRILETES.
EN ALGUNAS CIUDADES SE PONEN CINTAS.

NOSOTROS PEDIMOS QUE EN TODAS LAS CIUDADES DEL MUNDO EL ABUSO SEXUAL INFANTIL SEA DECLARADO DELITO DE LESA HUMANIDAD, IMPRESCRIPTIBLE, QUE SE HAGA UN REGISTRO DE ADN DE TODOS LOS DENUNCIADOS ( NO NECESARIAMENTE PROCESADOS NI CONDENADOS PARA EVITAR EL PROXIMO CASO) SE AUMENTEN LAS PENAS, SE LOS OBLIGUE A LLEVAR UN CHALECO QUIMICO HORMONAL Y CON PSICOFARMACOS QUE ANULEN LA LIBIDO Y BAJEN LA TESTOSTERONA, Y QUE SE LES COLOQUE UN CHIP POR EL CUAL PUEDAN SER UBICADOS POR GPS, AUNQUE HAYAN CUMPLIDO CONDENA, ESTEN PRESOS, SUELTOS O DONDE ESTEN.

PEDIMOS TAMBIEN LA CRIMINALIZACION DEL INCESTO QUE EN ARGENTINA NO ES DELITO. QUE DE UNA VEZ POR TODAS SEA TIPIFICADO.

EL 20 DE NOVIEMBRE DEL 2009 SE CUMPLEN 20 AÑOS DE LA CONVENCION INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO. SE LO DEBEMOS A NUESTROS NIÑOS.

Y QUE TODOS LOS PAISES QUE FIRMARON LA CONVENCION HACE VEINTE AÑOS LA CUMPLAN AL PIE DE LA LETRA Y TENGAN TODOS EL CODIGO DE NIÑEZ CORRESPODIENTE COMO FIRMARON QUE LA IBAN A TENER.


POR TODOS LOS NIÑOS DEL MUNDO.
ELLOS SON EL FUTURO.
NOSOTROS YA SOMOS PASADO.
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miércoles, 25 de febrero de 2009

Proyecto: Argentina Industrial · Plan para la industrializacion para los paises en vias de desarrollo.

ALERTA VIDA ONG
Proyecto: Argentina Industrial

Plan para la industrializacion para los paises en vias de desarrollo.

Luego de un relevamiento exhaustivo de trabajo de campo en el interior del pais, destacando las zonas con mas alta mortalidad y morbilidad materno-infantil y desocupacion, se puede lograr establecer cuales son las posiciones geograficas exactas que necesitan de la promocion industrial para generar puestos de trabajo digno y recursos dignos a la familia.
El programa requiere de una profunda reduccion a traves de nuestros representantes diplomaticos y del gobierno central a los paises del primer mundo, que se encuentran sumergidos en la crisis economica global, para que se establezcan sus capitales en funcion del desarrollo industrial de las zonas mas desprotegidas. Se aprovecharia el sistema cambiario actual y la mano de obra barata que ofrecen de por si los paises en vias de desarrollo.
El dinero nunca desaparece. Los capitales de por si no desaparecen, solo fluctuan los mercados. Esto quiere decir, que si el primer mundo no quiere invertir en el primer mundo, es el momento de aprovechar y convertir en seductores a los paises emergentes. Con esto se lograria salvar las fabricas y empresas de los paises del primer mundo, y rescatar del hambre y la enfermedad a los paises tercermundistas.
En crisis semejantes en la historia de la Humanidad , se sabe que el capital simplemente aparece congelado hasta que la gran tormenta financiera desaparece. Sin embargo, Argentina asi como uruguay, han sido historicamente paises que en el pasado han sabido aprovechar las crisis europeas.
Con la caida hace un año atras en enero de 2008 la banca inglesa , trajo como efecto domino esperable la caida de la banca de Estados Unidos. Al no poder paga su deuda genero la crisis angloamericana que afecta a los paises del primer mundo, siendo Inglaterra historicamente el pais fundador de todos los bancos.
Aqui es donde se marca la salida, la seguridad del dinero no esta en la banca, la seguridad del dinero esta en la produccion.
Argentina como los paises emergentes estan halidos y dispuestos a recibir capitales de inversion para colocar fabricas, automotes, textiles, fabricas de equipamiento informatico, fabricas de raquetas, fabricas de zapatillas, y produccion de elaboracion alimentaria, etc.
A toda aquela fabrica o empresa extanjera que genere por lo menos 200 puestos de trabajo en zonas carenciadas, se les tiene que hacer una exencion impositiva importante .
Se le tiene que exigir que hagan inversion en salas de salud locales, para eliminar la mortalidad y morbilidad y garantizarles legal y juridicamente que estos contratos pactados por la Nacion seran respetados sin importar quien estuviera a cargo del poder ejecutivo nacional.
Para convertir los paises emergentes en seductores para la inversion, hay que asegurarles la continuidad en la seguridad juridica de que estos pactos seran cumplidos, por lo que proponemos que desde el ejecutivo se realicen viajes conjuntamente con responsables de Cancilleria, Ministerio de Hacienda y de Produccion, para ofrecer en principio a Europa la gran posibilidad de ubicar sus fabricas y emprendimientos en la regiones carenciadas con exencion de impuestos para luego hacer lo mismo con Canada, Estados Unidos y Japon.
Este viaje globalizado puede demorar 2 meses, pero los contratos a nivel internacional que se pueden conseguir sacaran al primer y tercer mundo de la crisis de una forma rapida y segura.
A toda empresa o fabrica que quiera instalarse en territorio del Mercosur debe exigirse que cumpla las normas del Protocolo de Kyoto y tambien las normas europeas de proteccion del medio ambiente, ya que la idea es producir un beneficio para los paises desarrollados y los paises en vias de desarrolo sin producir daños importantes al medio ambiente.
El Estado debe colaborar mediante creditos para que las pequeñas y medianas empresas puedan crecer.
Este plan seria de aplicacion por 5 años y renovable por las partes. Con lo que se lograria que los capitales que se encuentran congelados se movilicen para la produccion y de hecho la produccion genera trabajo, el trabajo genera dinero, y el dinero digno elimina la exclusion social que lleva a la marginalidad, la delincuencia, el hambre y la enfermedad. El feedback de este plan haria que los productos en el primer mundo sean mas baratos y accesibles, obligando a la gente al consumo por la seduccion de los precios y al haber movilidad economica en el primer y tercer mundo se desintegra la crisis global.
Los paises del primer mundo podrian ofrecer asimismo emprendimientos de servicios como las consultorias para ubicar fabricas e industrias, trabajos de campo sociologico y economico, como tambien la oferta de licencias europeas, americanas o japonesas para los paises en vias de desarrollo
Queres ser voluntario?

lunes, 12 de enero de 2009

Proyecto de Ley Integral de la proteccion de los derechos de la mujer en el trabajo


PROYECTO DE ALERTA VIDA ONG


LEY INTEGRAL DE LA PROTECCION DE DERECHOS DE LA MUJER EN EL TRABAJO


1)- La mujer tiene derecho a percibir igual remuneracion que el hombre por misma tarea , horario y preparacion educativa, el patron y/o contratista que infliegere este derecho sera multado con una suma equivalente a 10 mil euros y se le podra proseguir la causa correspondiente por discriminacion.


2)- La mujer por ser fuente de vida y madre de familia en muchos de los casos debe tener prioridad ante mismo escenario laboral, y debe darse prioridad laboral a aquella mujer que tuviere niños/as a cargo.-


3)- Toda empresa que contrate a una mujer con hijos sera eximida de impuestos por el monto total de sueldos que devengare a mujeres trabajadoras con hijos, es decir, se le conmutaran como pago de impuestos los sueldos abonados a madres de familia con hijos como impuestos abonados y se le descontara del impuesto a las ganancias a la empresa y/o fabrica o lugar de trabajo.-


)- Considerando que los paises en vias de desarrollo como la Argentina son sostenidos los hogares en un casi ochenta por ciento por mujeres debe darse prioridad laboral a la mujer que tiene hijos a cargo, para volver el sistema incluyente y no promover trabajos esclavos o sistuaciones de trabajo en negro y/o explotacion laboral de todo tipo.-


5)- Toda empresa que contrate a mujeres de 35 a 60 años tendra una eximicion de impuestos por el total de los sueldos devengados.-


6)- La mujer no podra ser discriminada por edad, peso, contextura fisica, color, estatura, religion, eleccion sexual si cumpliere los requisitos que para la funcion laboral son necesarios. Corriendo la empresa o contrante con la multa de el equivalente de 10 euros en caso de demostrarse esta situacion de discriminacion mas la posible causa penal que correspondiere.


7)- La mujer empleada o en busqueda de empleo no debera nunca completar formularios sobre su tendencia religiosa, sexual, politica, y/o compromisos de su vida privada como tampoco contratos que le impidieren su maternidad por ningun termino o periodo alguno.-


8)- Toda empresa que se encuentre violando los derechos a la intimidad de sus empleadas a traves de analisis ginecologicos compulsivos, formularios sobre su vida privada y similares tendra una multa equivalente a 10 mil euros y la correspondiente denuncia ante el INADIy el Ministerio de Trabajo.-


9)- De acuerdo a lo que mejor procede de la Convencion de Belem do Para la mujer debe ser respetada en el ambito laboral como sujeto de derecho individuales , por lo que los malos tratos, la violencia verbal, el acoso moral y sexual en el ambito del trabajo, quedan circunscriptos como delitos contra la integridad de la mujer , con una pena minima de un año de prision y una maxima de diez años de acuerdo a la situacion y reiteracion del delito.-


10)- Se crean tribunales especiales laborales para la proteccion de los derechos de la mujer de acuerdo con la Convencion de Belem do Para de jerarquia y valor constitucional , de acuerdo al art 75 , inc 22 de la Constitucion de 1994.


Lic. Maria Raquel Holway Ramos MejiaRachel Holway


DNI 17.622.158


Celular 1558721823


ALERTA VIDA ONG

Proyecto de Ley sobre Migracion Interna - Alerta Vida Ong


Proyecto de Alerta Vida Ong sobre Migracion Interna para prevencion del delito y del crimen organizado en Argentina.

Para prevenir el delito de la trata, trafico de personas, la comercializacion de niños, secuestros y trafico de sustancias ilicitas y/o armas -

Proponemos la creacion de puestos de gendarmeria nacional en los siguientes puntos estrategicos del pais.

Estos grupos de gendarmeria estaran especializados en detectar situaciones que tengan que ver con los delitos mencionados.
Grupos capacitados para prevenir, detecar y formar acciones de acuerdo a la situacion.

Ciudades que hemos marcado como lugares clave para ejecutar acciones urgentes.
Buenos Aires, San Miguel ( Prov. de Buenos Aires ) , Moreno( Prov. de Buenos Aires ), Campana( Buenos Aires ), Olavarria( Buenos Aires ), Mar del plata ( Buenos Aires ), Bahia Blanca ( Buenos Aires ), Rosario ( Santa Fe ), Cipolleti y Bariloche ( Rio Negro ),Puerto Madryn ( Chubut ), Rio Gallegos ( Santa Cruz ), Tierra del Fuego, San Luiz ( San Luis ) Cordoba ( Cordoba ), Curuzu Cuatia ( Corrientes ), Resistencia ( Chaco ), Prados ( Misiones), San Miguel de Tucuman ( Tucuman ) Rosario de la Frontera ( Salta ).

Estos puestos estaran dedicados al control de la migracion interna dentro de la Argentina para prevenir, detectar y sancionar los siguientes delitos: tralsado de victimas de trata, traslado ilicito de niños y adolescentes, secuestros, traslado ilicito de recien nacidos con fines de comercializacion, trafico de sustancias ilicitar y armas.

Los controles se ejerceran via terrestre sobre las rutas y caminos de acceso de las ciudades mencionadas, via aerea ( dentro de aeropuertos publicos y privados ) y via acuatica con la intervencion auxiliar de la fuerza correspondiente.

Ningun menor de 16 años podra ser trasladado dentro del pais sino es por padre/madre/tutor o con el consentimiento de estos ante escribania publica o registro civil.
Se colocaran camaras de vigilancia en cada uno de los puestos y se controlara el ingreso y egreso de todas las mencionadas ciudades.

Proyecto de Ley - Turismo Responsable



Proyecto de Ley de Alerta Vida Ong - Turismo Responsable Ingreso al territorio argentino.

I- Seguridad: se exigira visa a todo turista de origen europeo, de Estados Unidos, Canada, Asia y Australia, cuya extension minima sera de setenta y dos horas y maxima de ciento ochenta dias valorable de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos abajo descriptos.

II- Se exigira visa a los residentes latinoamericanos sin limite minimo y por un plazo maximo de ciento ochenta dias renovables.

III- A los turistas de origen americano y europeo se les exigira un deposito no reembolsable equivalente a cien euros cuyos fondos seran destinados a la mejora en salud, educacion y alimentacion de los ciudadanos argentinos.

IV- Toda persona que quiera ingresar como turista , trabajador golondrina, empresario y otros al territorio de la Republica Argentina debera tener cumplida la vacunacion obligatoria, vigente de acuerdo a la ley nacional. Asimismo presentar un certificado medico de estar libre de enfermedades infectocontagiosas, haberse realizado un analisis de sangre de enfermedades venereas, haberse realizado una placa de torax, y no tener enfermedades que requieran que el servicio de salud argentino deba hacerse responsable. En caso de poseer alguna de estas enfermedades debera certificar que posee un servicio medico estatal o privado del pais de origen que se haga cargo de los gastos de la enfermedad en territorio argentino.

V- Toda persona que quiera ingresar al territorio argentino debera presentar estar libre de causas judiciales pendientes en cualquier pais del mundo. En caso de que las hubiere, y si simplemente fuera sospechado, debera presentar en que causas esta sospechado y por que delitos.

VI- Toda persona que ingrese al territorio argentino debera declarar si su pais de origen adhiere a la pedofilia, y en caso de ser de origen donde esto no es considerado delito manisfestar su posicion frente a esto.

VI-Toda persona que ingrese a la Argentina debera hacer una declaracion jurada de cuales son las razones por las que ingresa al pais, y dar domicilios y direcciones de presunta radicacion ya sea temporal o definitiva.

VII- Toda persona que ingrese a la Argentina debera ser fotografiado, se le tomaran sus huellas digitales, y se le creara una ficha en la que tendran copia el Ministerio de Relaciones Exteriores, gendarmeria y aduana ( creacion registro unico de inmigrantes temporarios o definitivos )

VIII- No se tomara permiso de ingreso a aquellas personas que hayan recibido condena penal aunque la hubiera cumplido en prision, los condenados por delitos sexuales, los condenados por trafico de personas, los condenados por trata de personas, condenados por usurpacion de identidad, condenados por pedofilia y/o pornografia infantil, condenados por delitos de terrorismo, secuestro, homicidio y trafico de estupefacientes.

IX- No ingresaran a la Argentina personas procesadas y/o condenadas por delitos de lesa humanidad, con excepcion de que el territorio argentino fuera el sitio del juicio.

X- Los ciudadanos latinoamericanos desde Mexico hasta la Argentina seran indultados de pagos de multas por delitos migratorios simples, si estuvieran involucrados en cualquiera de los items mencionados se les negaria el ingreso al pais.

XI- EL personal de aduana es responsable del ingreso del material no permitido a la Argentina como por ejemplo pornografia infantil. Siendo la pena para quien no lo cumpliera la que prevee la ley 25.087, ley sobre la integridad sexual. Se condenara con una pena de 4 a 10 años de prision a aquel que permita el ingreso de material pornografico infantil y con el doble de la pena si es funcionario publico.

XII- Toda persona que ingrese a la Argentina debera firmar un compromiso de que va a respetar a la mujer, y se le dara una copia de la Convencion de Belem do Para en español e ingles, y que va a respetar los derechos del niño y se le entregara una copia de la Convencion Internacional de los Derechos del Niño en español e ingles. Si el ingresante incurriere en alguna violacion a la Convencion de Belem Do Para o a la Convencion Internacional de los Derechos del Niño, no podra ingrear nunca mas a la Argentina ademas de prosperar la causa penal que correspondiere.

Egreso del territorio argentino.

I- No podra egresar de la Republica Argentina ningun menor de edad sin el acompañamiento de su padre, madre, tutor o encargado legal o con el debido consentimiento de ellos con permiso de viaje realizado ante escribania publica y/o registro civil y el sello de la Haya ( certificacion por el Ministerio de Relaciones Exteriores , Ministerio del Interior y Consulado del pais del que ingresare ) . Permiso de viaje sin sello de la Haya carece de valor absoluto.

II- En caso de que el menor estuviere egresando del pais sin el padre, madre, tutor o encargado legal, el adulto que acompañare al menor debera ser inmediatamente detenida en aduana bajo la sospecha de trafico de personas y puesta a la disposicion de la ley.

III- No podran egresar del pais personas procesadas en causa penal sin permiso del juez penal interviniente.

IV- No podran egresar del pais bajo ningun aspecto las personas condenadas penalmente ni aun con permiso judicial, a unica excepcion que la causa del procesa fuera con fines politicos y obtuviera refugio a otro pais y solo podra egresar al pais de refugio.

Lic. Maria Raquel Holway Ramos Mejia
Presidente de ALERTA VIDA ONG

II Proyecto para salvar el mundo del calentamiento global






II Proyecto para salvar el mundo del calentamiento global de Alerta Vida Ong

Hidratar con metodos similares a los utilizados en el Estado de Israel todos los desiertos del mundo para hacerlos utilizables para forestacion y agricultura. Recordemos que los gases ozono, oxigeno e hidrogeno son gases de enfriamieno y previenen el calentamiento global.

Las plantas y los arboles son grandes productores de oxigeno, y sus colores naturales absorven la luz solar y evitan el calentamiento de la atmosfera.
Si todos los desiertos del mundo fueran reemplazados por territorios forestados o de explotacion agricola, el calentamiento de la Tierra se reduciria un altisimo grado. Refresquemos cuales son las causantes mayores del calentamiento global hoy en dia: la desaparicion de bosques, la contaminacion de la atmosfera, el calentamiento de la atmosfera y la quema de oxigeno produce calentamiento, este es el sistema que se ha utilizado desde la era de fuego para calentar los hogares ,para cocinar, etc.


La economia en todos los combustibles tanto electricos, petroleo, gas, etc que producen calor, es indispensable bajar la temperatura de la Tierra y evitar una catastrofe mundial. Las plantas de por si nos salvan tanto sea las algas ( que producen oxigeno en el mar ) como las terrestres en la tierra, y disminuyen la contaminacion de gases de la atmosfera.

Los alimentos carnicos deberian estar limitados a 2 o 3 veces por semana, ya que el ganado vacuno, pocino, etc, consume grandes cantidades de pasto y necesita extendiones territoriales mucho mayores que los de explotacion agricola. Como asimismo la eliminacion de los alimentos carnicos produce gases altamente contaminantes para la atmosfera.



La superpoblacion mundial es un elemento de alto riesgo con respecto al calentamiento global ya que los seres humanos consumimos altas cantidades de oxigeno. Un plan de educacion sexual responsable deberia ser obligatorio en todo el planeta a traves de los medios masivos y gratuitos de comunicacion.



Se considera que el 80% del agua que hay en el planeta no es potable ya sea por su salinidad ( origen marino ) o por el contenido de minerales venenosos. Pero esto no indica que no pueda ser tratada quimicamente para hacerla util y potable para el consumo humano y para el riego.
Un sistema hidraulico de riego similar al utulizado en el Estado de Israel para convertir zonas deserticas en un vergel en nuestros dias tendria un costo de aproximado de 1000 dolares la hectarea que seria ampliamente amortizado a traves del beneficio economico y ambiental a la vez de ser una presunta salvacion para la atmosfera planetaria.



Tenemos en todos los continentes amplios territorios deserticos por lo cual el gran pulmon de la amazonas podria ser multiplicado a nivel mundial con la consecuente recuperacion de la atmosfera.




Como ultimo punto aconsejamos la utilizacion para los revestimientos de todas las casas y siendo casi obligatorio en el caso de los techos, veredas y calles , los colores que la naturaleza brinda como el verde, marron, bordo, colorado, y evitar los colores frios, platinados, los espejos, que producen calentamiento atmosferico.

🚨 URGENT: Israel confirms the abduction and forced transfer of Saif Abu Keshek and Thiago Ávila to Israel – Global Sumud Flotilla coordinators in grave danger

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